TRIBUNAL SUPREMO · 26 ENE 2026
OLObservatorio Laboralpor Raúl SalinasVolver a publicaciones

Jurisprudencia · 7 min

El permiso parental computa como trabajo efectivo para generar vacaciones

El Tribunal Supremo considera que el disfrute del permiso del artículo 48 bis ET no reduce la duración de las vacaciones anuales.

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Las dos cuestiones resueltas

La sentencia analiza si el permiso parental puede disfrutarse en períodos inferiores a una semana y si su duración debe computar para generar vacaciones. La Sala concluye que el disfrute discontinuo debe articularse por semanas completas.

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